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	<title>impuestos &#8211; Los Lagos Noticias</title>
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		<title>&#191;Te ganaste un auto o una vivienda? &#161;Cuidado! Los impuestos pueden llevarse una buena tajada de tu regalo</title>
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		<pubDate>Thu, 30 May 2024 17:58:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sociedad]]></category>
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					<description><![CDATA[Aunque todos recibimos los obsequios con alegría, la sonrisa del afortunado ganador de un premio podría diluirla el Fisco fácilmente. Y es que el Estado <a class="mh-excerpt-more" href="https://loslagosnoticias.cl/2024/05/30/te-ganaste-un-auto-o-una-vivienda-cuidado-los-impuestos-pueden-llevarse-una-buena-tajada-de-tu-regalo/20102" title="&#191;Te ganaste un auto o una vivienda? &#161;Cuidado! Los impuestos pueden llevarse una buena tajada de tu regalo">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="442" height="296" title="Conducci&oacute;n (1)" align="left" style="margin: 0px 14px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="Conducci&oacute;n (1)" src="https://loslagosnoticias.cl/wp-content/uploads/2024/05/conduccion-1-thumb-conduccion-1-thumb.jpg" border="0"><b><i>Aunque todos recibimos los obsequios con alegría, la sonrisa del afortunado ganador de un premio podría diluirla el Fisco fácilmente. Y es que el Estado puede quedarse hasta con el 25 % del valor del regalo. </i></b></p>
<p align="justify"> Si bien recibir un regalo siempre es motivo de gran alegría, ésta podría opacarse cuando se trata de uno demasiado costoso, como un vehículo de lujo que debe pagar impuestos. “La regla general es que todo incremento de patrimonio está gravado con el Impuesto a la Renta. Esto incluye los regalos”, afirma Cristian Montero, director de Adactiva.</p>
<p align="justify">El impuesto asociado a cada regalo varía según el monto y el grado de parentesco de quien lo entrega. La tasa puede ir desde el 1% hasta el 25%. Pero, es importante considerar ciertas exenciones y reducciones aplicables en los siguientes casos:</p>
<p align="justify">-Regalos y donaciones entre cónyuges; ascendiente legítimo; padre, madre, adoptante; cada hijo; o la descendencia legítima. “Ellos están exentos del Impuesto a la Renta, si el regalo está valorado hasta 5 Unidades Tributarias Anuales (UTA), esto es, poco más de 3 millones 900 mil pesos, calculados a la fecha”, explica Cristian Montero.</p>
<p align="justify">-Regalos y donaciones a familiares con parentesco colateral de 2°, 3° o 4° grado (hermanos, medios hermanos, sobrinos, tíos, sobrinos nietos, primos y tíos abuelos) no deben pagar impuestos si el regalo tiene un valor de hasta 5 UTA ($3.926.580 a mayo 2024).</p>
<p align="justify">En tanto, regalos y donaciones dirigidos a personas de cualquier otro parentesco más lejano o que no son parientes del beneficiario no están exentos del pago de impuestos como sucede en los casos anteriores. “En el caso del Tesla regalado por el youtuber MrBeast, al tratarse de un regalo para un tercero, el ganador chileno, el premio se declara como ingreso gravable en la Declaración Anual de Impuesto a la Renta”, detalla el director de Adactiva.</p>
<p align="justify">Igualmente, si un familiar regala una casa o un departamento, el valor de la propiedad será considerado como ingreso gravable a la hora de calcular el impuesto a pagar. “Mientras que si recibes una gran cantidad de dinero en efectivo o vía transferencia bancaria, el SII podría considerarlo como un incremento patrimonial y, por lo tanto, sujeto al pago de impuesto”, añade Montero.</p>
<p align="justify">Lo mismo sucede con las joyas y otros objetos de valor. Si recibes alhajas, obras de arte o cualquier otra cosa costosa, el SII podría considerar su valor como ingreso gravable a la hora de calcular el impuesto a pagar.</p>
<p align="justify"><b>¿Cómo se calcula el impuesto?</b></p>
<p align="justify">En el caso del Tesla, al tratarse de un regalo de un tercero (el youtuber), el ganador debe declarar el premio como ingreso gravable en su Declaración Anual de Impuesto a la Renta (IR). “El impuesto a pagar se calculará aplicando la tasa de IR correspondiente al tramo que le corresponda, según el valor del automóvil ($39 millones) y la tabla de impuesto de donaciones; para, luego, aplicar los recargos por no haber parentesco entre ellos. En este caso el impuesto aproximado habría sido de $546 mil pesos”, indica el director de Adactiva.</p>
<p align="justify">Por eso, si recibes un regalo de alto valor es recomendable contar con un asesor tributario para determinar si debes pagar impuestos y cómo hacerlo adecuadamente. Además, es conveniente tener a mano toda la documentación relacionada con el regalo como facturas, recibos o cualquier otro documento que acredite su valor.</p>
<p align="justify">“Es importante que las personas sean conscientes de que los regalos de alto valor pueden estar sujetos al pago de impuestos. Consultar con un asesor tributario puede evitar sorpresas desagradables. Igualmente, en el caso de los premios asociados a concursos y sorteos conviene verificar si el organizador está obligado a retener y pagar el impuesto correspondiente al momento de entregarlo al ganador”, concluye Cristian Montero.</p>
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		<title>&#161;Que no te gane la Declaraci&#243;n de Renta 2024!: Todo lo que debes saber</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 Mar 2024 21:54:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[beneficios]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración de renta]]></category>
		<category><![CDATA[impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[novedades]]></category>
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					<description><![CDATA[El trámite, que este año presentará algunas novedades, comienza el próximo mes de abril. En el marco del proceso “Operación Renta 2024”, la declaración de <a class="mh-excerpt-more" href="https://loslagosnoticias.cl/2024/03/29/que-no-te-gane-la-declaracin-de-renta-2024-todo-lo-que-debes-saber/19753" title="&#161;Que no te gane la Declaraci&#243;n de Renta 2024!: Todo lo que debes saber">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img decoding="async" align="left" style="margin: 0px 10px 0px 0px; float: left; display: inline;" src="https://www.portafolio.co/files/article_content/uploads/2020/08/02/5f26ee8c59eab.jpeg"><i>El trámite, que este año presentará algunas novedades, comienza el próximo mes de abril. </i></p>
<p>En el marco del proceso “Operación Renta 2024”, la declaración de rentas obtenidas en 2023 debe realizarse este mes de abril ante el SII. Están obligados a declarar todos aquellos contribuyentes del impuesto de primera categoría (IDPC). Asimismo, deben declarar las personas naturales del impuesto global complementario, siempre que: </p>
<p>&#8211; hayan obtenido ingresos superiores a 13,5 UTA ($10.400.000 aprox.);</p>
<p>&#8211; hayan tenido más de un empleador o fuente de ingreso;</p>
<p>&#8211; sean trabajadores a honorarios que quieran optar a cobertura para cotizaciones;</p>
<p>&#8211; hayan solicitado préstamo solidario; o </p>
<p>&#8211; quieran optar por algún beneficio tributario. </p>
<p>El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, Cristóbal Pérez Jarpa, menciona que “la declaración se hace con la presentación del formulario 22 de manera online en la página web del SII, en la app e-renta disponible para smartphones o tables, por medio de un software autorizado por el SII, o bien en papel sólo en casos de declaración con pago”, detalla. </p>
<p>Los principales beneficios que pueden solicitarse son el crédito por gastos en educación primaria y secundaria de los hijos, la rebaja de gastos por pago de intereses en dividendos de créditos hipotecarios, la deducción del impuesto territorial (“contribuciones”), la reliquidación de impuesto de segunda categoría, el crédito por retiro y dividendos con obligación de restitución, y el nuevo beneficio transitorio de crédito por dividendos pagados por compra de inmuebles nuevos con garantía hipotecaria a partir de Octubre 2023.</p>
<p>A continuación, el académico UANDES nombra algunas novedades interesantes que trae la Operación Renta 2024:</p>
<p>· La <b>retención de devolución</b> para deudores de pensión alimenticia</p>
<p>· <b>Información</b> que deben enviar ciertos bancos e instituciones financieras de contribuyentes con saldos o movimientos diarios, semanales o mensuales iguales o superiores a 1.500 UF, así como de aquellos que adquirieron viviendas nuevas para que puedan acogerse al beneficio transitorio de crédito por dividendos;</p>
<p>· <b>El pago con tasa rebajada</b> y transitoria de 10% IDPC para PYMES;</p>
<p>· la nueva declaración que <b>deben presentar intermediarios</b> (corredores) y ciertos arrendatarios por arrendamiento de inmuebles;</p>
<p>· reducción del monto de donaciones para que organizaciones sin fines de lucro (OSFL) estén obligadas a declarar, <b>de UF 12.000 a UF 4.000;</b></p>
<p>· la declaración que debe ser presentada por ciertos <b>Ministerios con relación a donaciones a entidades</b> sin fines de lucro, culturales, y al Fondo de Reconstrucción, que les hayan sido informadas; y</p>
<p>· la posibilidad de presentar la declaración por medio de un <b>“mandatario digital”.</b></p>
<p>Ya se encuentra habilitada en la página web del SII información detallada sobre la “Operación Renta 2024”, en especial sobre los límites y requisitos para solicitar los beneficios tributarios.</p>
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