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	<title>Vertedero &#8211; Los Lagos Noticias</title>
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		<title>Tribunal Ambiental de Valdivia orden&#243; paralizar ingreso de residuos en vertedero Puntra de Ancud</title>
		<link>https://loslagosnoticias.cl/2021/07/17/tribunal-ambiental-de-valdivia-orden-paralizar-ingreso-de-residuos-en-vertedero-puntra-de-ancud/14261</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 18 Jul 2021 02:05:07 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[Medio Ambiente]]></category>
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					<description><![CDATA[Medida decretada por oficio permitirá que el municipio continúe con las acciones exigidas por la SMA para el manejo de los lixiviados. &#160;&#160;&#160;&#160;&#160;&#160;&#160;&#160;&#160; Debido a <a class="mh-excerpt-more" href="https://loslagosnoticias.cl/2021/07/17/tribunal-ambiental-de-valdivia-orden-paralizar-ingreso-de-residuos-en-vertedero-puntra-de-ancud/14261" title="Tribunal Ambiental de Valdivia orden&#243; paralizar ingreso de residuos en vertedero Puntra de Ancud">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<p>Medida decretada por oficio permitirá que el municipio continúe con las acciones exigidas por la SMA para el manejo de los lixiviados.</p>
<p align="justify">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <a href="https://loslagosnoticias.cl/wp-content/uploads/2021/07/imagen-unidad-vecinal-puntra-4-imagen-unidad-vecinal-puntra-4.jpg"><img decoding="async" width="244" height="178" title="Imagen Unidad Vecinal Puntra 4" align="left" style="float: left; display: inline; background-image: none;" alt="Imagen Unidad Vecinal Puntra 4" src="https://loslagosnoticias.cl/wp-content/uploads/2021/07/imagen-unidad-vecinal-puntra-4-thumb-imagen-unidad-vecinal-puntra-4-thumb.jpg" border="0"></a>Debido a la existencia de un riesgo grave e inminente de daño al medio ambiente, el Tribunal Ambiental de Valdivia decretó este sábado la paralización inmediata de la recepción de residuos en todas las instalaciones del vertedero o relleno sanitario Puntra, que opera la Municipalidad de Ancud.</p>
<p align="justify">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; La resolución determinó que el riesgo se debería al “deficiente manejo de las instalaciones y la generación de lixiviados, que según habría constatado la SMA,&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; indicado así en la Res. Ex. N° 1526 de 2021, están aflorando por los lados Oeste, Norte y Este de la masa de residuos de la Zanja N°1, escurriendo hasta los canales de aguas lluvias, y sin que se esté haciendo manejo alguno de estos por razones presupuestarias (fs. 1059-1060), existiendo además riesgo de deslizamiento de la masa de residuos por inestabilidad y de contaminación de cuerpos de agua superficiales cercanos (fs. 1068)”.</p>
<p align="justify">&nbsp; La medida fue adoptada tras una solicitud ingresada por la Unidad Vecinal Número 33 Puntra, en el marco de una reclamación que interpusieron por la operación del vertedero. </p>
<p align="justify">El Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó la clausura total del recinto solicitada por los reclamantes, pero paralizó el ingreso de residuos en las instalaciones “incluyendo las que se encuentran en construcción y pudiesen ser habilitadas al efecto, sin que la paralización afecte a las actividades que se desarrollen para su gestión ambiental, especialmente las medidas decretadas por la SMA para el manejo de lixiviados”.</p>
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		<title>El Alcalde de Ancud se refiri&#243; a dictamen de la Corte Suprema por el Vertedero de Puntra el Roble</title>
		<link>https://loslagosnoticias.cl/2020/08/03/el-alcalde-de-ancud-se-refiri-a-dictamen-de-la-corte-suprema-por-el-vertedero-de-puntra-el-roble/11611</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 03 Aug 2020 16:58:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
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					<description><![CDATA[&#160; El alcalde de Ancud&#160; Carlos Gómez , se manifestó respecto a las apelaciones en recurso de protección interpuesto por las comunidades de Chepu y <a class="mh-excerpt-more" href="https://loslagosnoticias.cl/2020/08/03/el-alcalde-de-ancud-se-refiri-a-dictamen-de-la-corte-suprema-por-el-vertedero-de-puntra-el-roble/11611" title="El Alcalde de Ancud se refiri&#243; a dictamen de la Corte Suprema por el Vertedero de Puntra el Roble">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<p>&nbsp; <a href="https://loslagosnoticias.cl/wp-content/uploads/2020/08/www.noticiaschiloe.cl-www.noticiaschiloe.cl-img-20200629-wa0000-www.noticiaschiloe.cl-www.noticiaschiloe.cl-img-20200629-wa0000.jpg"><img decoding="async" width="244" height="184" title="IMG-20200629-WA0000" align="left" style="margin: 0px 14px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="IMG-20200629-WA0000" src="https://loslagosnoticias.cl/wp-content/uploads/2020/08/www.noticiaschiloe.cl-www.noticiaschiloe.cl-img-20200629-wa0000-thumb-www.noticiaschiloe.cl-www.noticiaschiloe.cl-img-20200629-wa0000-thumb.jpg" border="0"></a>El alcalde de Ancud&nbsp; Carlos Gómez , se manifestó respecto a las apelaciones en recurso de protección interpuesto por las comunidades de Chepu y Puntra, señalando&nbsp; que ello no implica el cierre del relleno sanitario de Puntra &#8211; El Roble. Significando solamente que la Corte Suprema ordena a la Seremi de Salud y a la Superintendencia de Medio Ambiente a adoptar medidas coordinadamente, relacionadas con la Alerta Sanitaria y que esta última continúe con la tramitación de los procedimientos tendientes a fijar mejoras al proyecto.</p>
<p>Cabe recordar, que las comunidades recurrentes solicitaban la paralización inmediata de las operaciones del relleno sanitario, así como la declaración de ilegalidad de las actuaciones del municipio y autoridad sanitaria, relacionadas a la&nbsp;&nbsp; construcción, operación y autorización de funcionamiento, del Relleno Sanitario. Así, ninguna de estas materias ocurrió.</p>
<p>Por otra parte, “es importante señalar que la Ilustre Municipalidad de Ancud se encuentra trabajando conforme a las instrucciones decretadas por la Superintendencia de Medio Ambiente para ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, acompañando la autoridad administrativa un cronograma sobre las medidas y sus plazos”, indicó la autoridad local.</p>
<p>Asimismo, la Municipalidad por medio de su Oficina del Medio Ambiente, y la empresa encargada de la operación de dicho sitio de disposición, ya se encuentran trabajando en cumplir con las mejoras solicitadas por la SMA.</p>
<p>Así, el edil declaró que hoy día no hay ninguna comuna de la provincia de Chiloé está disponiendo en un relleno sanitario completamente autorizado y habilitado para aquello. Lo que más se asemeja a un relleno sanitario es lo que tenemos en la comuna de Ancud. Pero también es cierto que, producto de problema ocasionado el año recién pasado por el cierre del vertedero de Huicha y los inconvenientes que tuvimos para poder disponer en otro vertedero o relleno, que dio lugar a una alerta sanitaria,&nbsp; dejó a la vista a todos los organismos públicos respecto a lo que ocurría aquí en Ancud”.</p>
<p>Cabe señalar que la autoridad sanitaria, extendió la alerta para la provincia de Chiloé , hasta febrero del 2021.</p>
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		<title>Ancud: SMA ordena medidas provisionales y requerimiento ingreso al SEIA a Relleno Sanitario Puntra</title>
		<link>https://loslagosnoticias.cl/2020/06/30/ancud-sma-ordena-medidas-provisionales-y-requerimiento-ingreso-al-seia-a-relleno-sanitario-puntra/11240</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 Jul 2020 00:03:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
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					<description><![CDATA[Medidas se sustentan por un deficiente manejo operacional del recinto, no contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y superar su capacidad de 5 <a class="mh-excerpt-more" href="https://loslagosnoticias.cl/2020/06/30/ancud-sma-ordena-medidas-provisionales-y-requerimiento-ingreso-al-seia-a-relleno-sanitario-puntra/11240" title="Ancud: SMA ordena medidas provisionales y requerimiento ingreso al SEIA a Relleno Sanitario Puntra">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<p align="left">Medidas se sustentan por un deficiente manejo operacional del recinto, no contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y superar su capacidad de 5 mil habitantes.</p>
<p align="left">&nbsp; <a href="https://loslagosnoticias.cl/wp-content/uploads/2020/06/www.noticiaschiloe.cl-www.noticiaschiloe.cl-fotografia-1-www.noticiaschiloe.cl-www.noticiaschiloe.cl-fotografia-1.jpg"><img decoding="async" width="244" height="144" title="Fotograf&iacute;a 1" align="left" style="margin: 0px 14px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="Fotograf&iacute;a 1" src="https://loslagosnoticias.cl/wp-content/uploads/2020/06/www.noticiaschiloe.cl-www.noticiaschiloe.cl-fotografia-1-thumb-www.noticiaschiloe.cl-www.noticiaschiloe.cl-fotografia-1-thumb.jpg" border="0"></a>El Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, ordenó medidas provisionales en contra de la Ilustre Municipalidad de Ancud, titular del proyecto “Relleno Sanitario Puntra”, ubicado en Ancud, Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos, debido a una serie de incumplimientos ambientales.</p>
<p align="left">En este caso, la SMA recibió denuncias ciudadanas vinculadas al manejo inadecuado de lixiviados y la falta de cobertura de los residuos, principalmente. A raíz de estos antecedentes, la Oficina Regional SMA de Los Lagos realizó una actividad de fiscalización durante el mes de junio constatando residuos plásticos en los taludes sin cobertura, canales perimetrales para aguas lluvias incompletos, entre otros hallazgos, determinando una deficiente operación del proyecto.</p>
<p align="left">Al respecto, el Superintendente De La Maza señaló que “las medidas provisionales están enfocadas a mitigar el riesgo al medio ambiente o a la salud de las personas. Medidas que se sustentan en definitiva por un deficiente manejo operacional del recinto, no contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y superar su capacidad de 5 mil habitantes”.</p>
<p align="left">Añadió que la primera medida está relacionada en extraer el agua lluvia mezclada con residuos acumulados en el área de la zanja donde aún no se han dispuesto residuos, luego trasladar y disponer en lugar autorizado.</p>
<p align="left">Además, el titular deberá implementar un sistema que impida el ingreso de aguas lluvias a través de las chimeneas de ventilación pasiva de biogás, sin interrumpir la adecuada evacuación de los gases.</p>
<p align="left">La municipalidad también tendrá que implementar un sistema de canalización perimetral de aguas lluvias a los costados de la zona de disposición de residuos, que permita el escurrimiento continuo de aguas lluvias, y con ello dar continuidad a las zanjas de aguas lluvias en las zonas en las que no existen.</p>
<p align="left">El relleno sanitario deberá efectuar el reordenamiento de los residuos que se encuentran fuera del frente de trabajo activo de relleno, en especial los residuos que se encuentran mezclados con la acumulación de aguas lluvias en el área de la zanja sin disposición de residuos.</p>
<p align="left">También, el municipio tiene que ejecutar una cobertura diaria de residuos que son dispuestos en la zanja durante el día de trabajo, de manera de disminuir el ingreso de aguas lluvias al frente de trabajo.</p>
<p align="left">Por último, el titular deberá completar el cierre perimetral de la zona de disposición en los sectores Oeste y Sur del recinto, cerrando además todos los espacios que puedan existir a ras de suelo, con el objetivo de impedir el ingreso de fauna silvestre y cualquier otro vector sanitario en todo el recinto. </p>
<p align="left">Estas medidas tienen un plazo de 15 días hábiles desde notificada esta resolución, y además el titular deberá en un plazo de 10 días hábiles desde contado el vencimiento del plazo de las medidas detalladas, presentar un reporte de cumplimiento de las mismas.</p>
<p align="left">Requerimiento ingreso al SEIA</p>
<p align="left">En paralelo, esta Superintendencia requirió bajo apercibimiento de sanción, el ingreso del proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) debido a que el relleno sanitario Puntra, no cuenta con el permiso ambiental respectivo para operar como tal, debido a que supera el umbral de 5.000 habitantes, como población atendida, para este tipo de proyectos.</p>
<p align="left">La Municipalidad de Ancud dispondrá de 10 días hábiles, para presentar a esta Superintendencia, para su revisión y validación, un cronograma de trabajo donde se identifiquen los plazos y acciones en que será ingresado al SElA el proyecto &#8220;Relleno Sanitario Puntra&#8221;.</p>
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